La constitución del dominio, su transmisión, transferencia y los gravámenes sobre vehículos motorizados se sujetarán a las normas que el derecho común establece para los bienes muebles.
Así, la forma más común de efectuar la transferencia de un vehículo es a través de la suscripción de un contrato de compraventa, mediante instrumento público o instrumento privado autorizado ante Notario.
Para estos efectos se requerirá un Certificado de Anotaciones Vigentes del vehículo y que las partes acrediten su identidad con la cédula respectiva |